¡Grandes noticias! Dos ministerios regulan la competencia desordenada de precios.

El 9 de octubre, la Comisión Nacional de Desarrollo y Reforma y la Administración Estatal para la Regulación del Mercado emitieron el “Anuncio sobre la gobernanza de la competencia desordenada de precios y el mantenimiento de un buen orden de precios de mercado”.

El comunicado afirma que la competencia de precios es una de las formas importantes de competencia en el mercado, pero la competencia desordenada tendrá repercusiones negativas en el desarrollo de la industria, la innovación de productos, la calidad y la seguridad, etc., y no es propicia para el desarrollo saludable de la economía nacional.

El Anuncio, de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes, propone una serie de medidas de gobernanza que siguen el enfoque de combinar la orientación previa al evento con la supervisión durante y después del mismo.

Investigar y evaluar el costo promedio del sector. Para los sectores clave con problemas importantes de competencia desordenada de precios, orientar a las instituciones pertinentes, como las asociaciones industriales, para que realicen investigaciones y evaluaciones sobre el costo promedio del sector, proporcionando referencias para que los operadores establezcan precios razonables.

Las asociaciones industriales están obligadas a cumplir estrictamente las disposiciones de la Ley de Precios y la Ley Antimonopolio, promover la autodisciplina del sector y orientar a los operadores comerciales para que mantengan conjuntamente un orden competitivo justo dentro de la industria.

Realizar recordatorios y advertencias. Recordar y advertir a los operadores comerciales sospechosos de competencia de precios desordenada, y exigirles que regulen voluntariamente su comportamiento en materia de precios y se adhieran estrictamente al límite mínimo de la competencia de precios.

Reforzar la supervisión y la aplicación de la ley. Se debe prestar especial atención a los operadores comerciales que, tras recibir avisos y advertencias, no estandaricen sus precios. Cuando sea necesario, se deben realizar investigaciones de costos, así como supervisión e inspección de precios. Si se detectan infracciones o irregularidades en los precios, se deben tomar las medidas correspondientes conforme a la ley. Es fundamental potenciar la supervisión crediticia e implementar sanciones por incumplimiento de crédito de acuerdo con las leyes y regulaciones vigentes.

Los operadores comerciales están obligados a cumplir estrictamente la Ley de Licitaciones y Concursos y su Reglamento de Aplicación, y a estandarizar voluntariamente sus prácticas de licitación y concurso.

El anuncio original es el siguiente:
La competencia de precios es una de las formas más importantes de competencia en el mercado, pero una competencia desordenada tiene repercusiones negativas en el desarrollo de la industria, la innovación de productos, la calidad y la seguridad, entre otros aspectos, lo cual no favorece el desarrollo saludable de la economía nacional. Para estandarizar el comportamiento de los precios de mercado, mantener un orden adecuado en este ámbito y fomentar un desarrollo de alta calidad, se emite el siguiente anuncio sobre asuntos relevantes.

En lo que respecta a bienes y servicios sujetos a regulación de mercado, los operadores comerciales deberán, de conformidad con las disposiciones de la Ley de Precios de la República Popular China, seguir los principios de equidad, legalidad y buena fe, tomar como base los costos de producción y operación y las condiciones de oferta y demanda del mercado, ejercer su poder de fijación de precios independiente de conformidad con la ley, mantener voluntariamente el orden de precios del mercado y crear conjuntamente un entorno de mercado competitivo justo y ordenado.

En segundo lugar, para los sectores clave donde el problema de la competencia desordenada de precios es prominente, las instituciones pertinentes, como las asociaciones industriales, bajo la dirección de la Comisión Nacional de Desarrollo y Reforma, la Administración Estatal para la Regulación del Mercado y las autoridades competentes del sector, pueden realizar investigaciones y evaluaciones sobre el costo promedio del sector para proporcionar referencias a los operadores a fin de establecer precios razonables.

En tercer lugar, los departamentos de desarrollo y reforma y los departamentos de supervisión del mercado, en colaboración con las autoridades competentes del sector, deben fortalecer la promoción e implementación de políticas, recordar a los operadores comerciales que operen de conformidad con las leyes y regulaciones, y mejorar la calidad de los productos y los niveles de servicio. Asimismo, deben advertir a los operadores comerciales sospechosos de competencia desleal de precios y exigirles que regulen voluntariamente su comportamiento en materia de precios y que respeten estrictamente el límite inferior de la competencia de precios.

En cuarto lugar, los departamentos de desarrollo, reforma y supervisión del mercado deberán prestar especial atención a los operadores que, tras haber sido advertidos, no estandaricen sus prácticas de fijación de precios. En caso necesario, realizarán investigaciones de costos, así como supervisión e inspección de precios. Si se detectan infracciones o irregularidades en los precios, se actuará conforme a la ley.

V. Los operadores comerciales deberán cumplir estrictamente con las disposiciones de la “Ley de Licitaciones y Concursos de la República Popular China” y el “Reglamento para la Aplicación de la Ley de Licitaciones y Concursos de la República Popular China”, estandarizar voluntariamente sus prácticas de licitación y concurso, y no deberán presentar ofertas a un precio inferior al costo para garantizar la calidad de los productos y servicios.

VI. Las asociaciones industriales deberán cumplir estrictamente con las disposiciones de la Ley de Precios de la República Popular China y la Ley Antimonopolio de la República Popular China, promover la autodisciplina de la industria y guiar a los operadores comerciales para que mantengan conjuntamente un orden competitivo justo dentro de la industria.

VII. La Comisión Nacional de Desarrollo y Reforma y la Administración Estatal para la Regulación del Mercado colaborarán estrechamente con los departamentos pertinentes para supervisar la competencia de precios en el mercado y mantener el orden de precios en áreas clave. Se potenciará la supervisión crediticia y se aplicarán las sanciones correspondientes de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes.

Comisión Nacional de Desarrollo y Reforma, Administración Estatal para la Regulación del Mercado
9 de octubre de 2025


Fecha de publicación: 9 de octubre de 2025